El juez del Trabajo Alejandro Segura rechazó por «inconstitucional» el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 669/201 del gobierno de Mauricio Macri, que rebajaba las indemnizaciones por accidentes laborales. «El Estado ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política a los más necesitados», consideró. Mientras que el juez del Trabajo Fernando Villarrulo lo suspendió, al aceptar una medida cautelar del Colegio de Abogados porteño, que es para todos los casos. El fallo se apoyó en el dictamen del fiscal Gabriel De Vedia, a cargo de la Fiscalía Nacional del Trabajo N°3, que consideró soprendentes los fundamentos del DNU que ponen la rentabilidad de las ART por encima de la protección de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y rechaza que haya habido un estado de necesidad y urgencia que lo justifique. Por ANRed.
Estos nuevos reveses judiciales al macrismo se dan luego de que días atrás emitiera un dictamen el fiscal Gabriel De Vedia, a cargo de la Fiscalía Nacional del Trabajo N°3, pidiendo la suspensión del DNU que cambió la fórmula de cálculo de las indemnizaciones en casos de accidentes laborales, que genera que los y las trabajadoras cobren menos por accidentes laborales. El fiscal había considerado sorprendentes los argumentos del gobierno de Mauricio Macri que ponen la rentabilidad de las ART por encima de la protección de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, y sostuvo que no existe una situación de «necesidad y urgencia» que justifique el DNU. De esta forma, De Vedia dio lugar a un pedido presentado por el Colegio de Abogado de la Capital Federal.
Y sólo faltaba que algún juez laboral lo convalidara. Y a falta de uno, dos magistrados fallaron en contra.
En el fallo «Fernández, Miguel Angel c/Experta ART», el juez del Trabajo Alejandro Segura rechazó el DNU presidencial por «inconstitucional», dado que avanzó sobre facultades del Congreso Nacional y porque con la medida «el Estado ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política a los más necesitados», beneficiando a las ART, poniendo así su tasa de ganancia por encima de la protección de los derechos de los y las trabajadoras. Asimismo, en el fallo el magistrado consideró: «da la impresión de que el Poder Ejecutivo opera como un comentarista de la realidad, desentendiéndose de su rol en la construcción del estado de cosas que critica. Este DNU sólo tiende a regular un aspecto acotado de la realidad, digámoslo crudamente, la rentabilidad de las aseguradoras de riesgos del trabajo», sostuvo el magistrado.
Por su parte, en la sentencia «Colegio Público de Abogados de la Capital Federal c/Estado Nacional acción de amparo«, el juez del Trabajo Fernando Villarrulo lo suspendió, al aceptar la medida cautelar del colegio, y en línea con el dictamen del fiscal Gabriel De Vedia.
El DNU 669/201 cambió la forma de calcular el monto que deben recibir por parte de las ART los trabajadores y trabajadoras que sufran un accidente o una enfermedad debido a su trabajo. Hasta ahora, esas indemnizaciones se calculaban en base a la tasa activa del Banco Nación, pero si entra en funcionamiento el DNU macrista, el cálculo se realizará en base a la tasa de Remuneraciones Imponibles promedio de los Trabajadores Estatales (RIPTE), desfavorable para los y las trabajadoras.

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