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viernes, 6 de septiembre de 2019

Reabren el caso Maldonado con la hipótesis de un posible “abandono de persona” por Gendarmería

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió reabrir el caso Santiago Maldonado para investigar la posibilidad de que efectivos de Gendarmería Nacional hayan incurrido en el delito de “abandono de persona” en relación con el joven artesano muerto en agosto de 2017 luego de un procedimiento de las fuerzas de seguridad contra la comunidad mapuche Pu Lof, del distrito chubutense de Cushamen.


Los camaristas Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman consideraron en su fallo que en la instancia previa “se investigó una única hipótesis delictiva sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el Río (Chubut) con Maldonado”.

En las 15 páginas del documento judicial que revoca la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, se descarta la posibilidad de que se haya producido una “desaparición forzada” de Maldonado plantea la necesidad de investigar si algún gendarme (o incluso un integrante de la comunidad mapuche) puede haber abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut. En ese sentido, también se revoca el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú.

En noviembre de 2018 el juez Lleral había cerrado los dos expedientes por la desaparición de Santiago Maldonado, sobreseyendo de forma total y definitiva al gendarme Emmanuel Echazú. El juez también deslindó responsabilidades penales de Gendarmería y ordenó archivar la causa en el juzgado de Esquel. Luego distintos querellantes, entre ellos el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, apelaron la decisión de Lleral sosteniendo que “no se descartaron la totalidad de las hipótesis existentes”. Hoy los camaristas avalaron el planteo de que “la investigación no se encuentra agotada”.

Si bien el fallo considera que los resultados de la autopsia del cuerpo de Maldonado contribuyen a sostener que la “hipótesis más probable” es que el artesano haya muerto por “asfixia por sumersión” y que “el cuerpo haya permanecido desde su desaparición en el medio acuático”, también solicita una serie de medidas para “despejar cualquier duda razonable y favorecer el derecho a la verdad”.

Luego el fallo plantea que “sin perjuicio de tales conclusiones, lo cierto es que nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos, por haber acontecido en un contexto de intervención estatal en cuyo desarrollo se hizo uso de las herramientas dotadas a los agentes estatales para la prevención y represión de los delitos. De allí que corresponda ampliarse la investigación a efectos de verificar o descartar la existencia de alguna otra hipótesis delictiva”.

Y concluye: “sí, atendiendo también a las particularidades de corte jurídico internacional y a la existencia de un cauce de investigación que no se encuentra agotado, corresponda profundizar la misma a efectos de reconstruir con la mayor exactitud y prontitud las circunstancias que rodearon al suceso”.

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